martes, marzo 20, 2007

España, condenan dominicano por matar a español

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Diez años de cárcel para el dominicano que mató a joven español en pelea

Las fuentes indicaron que acababan de conocer la sentencia y se disponían a comunicársela a su defendido

MADRID.- El dominicano José Manuel M.L., "Magredy", ha sido condenado a 10 años de cárcel por matar al español Manuel González Carmona, "Manu", en una pelea entre ambos en un parque de Madrid, informaron hoy a Efe fuentes de su defensa.

Las fuentes indicaron que acababan de conocer la sentencia y se disponían a comunicársela a su defendido, pero advirtieron de que la misma no es firme y de que los abogados de la acusación habían pedido 15 años, por lo que podrían presentar recurso.

Los abogados de "Magredy", que habían solicitado exactamente la pena que se le ha impuesto, recordaron que en el mes de mayo su cliente va a cumplir dos años en prisión.

El pasado 9 de marzo, el jurado consideró al acusado, de 21 años, culpable de un delito de homicidio al estimar probado que en el transcurso de una "pelea pactada" entre ellos, "Magredy", tras recibir un puñetazo de "Manu", apuñaló a éste dos veces de manera "absolutamente sorpresiva", causándole la muerte.

Los miembros del jurado señalaron que la agresión, que sucedió el 2 de mayo de 2005, ocurrió "en un intervalo de tiempo muy corto" y que el acusado, quien en el juicio reconoció que apuñaló una sola vez a la víctima "de manera instintiva y defensiva", hizo creer a la gente allí presente que realizó "un solo gesto" con la navaja.

También consideraron que José Manuel "no dio opción" de defenderse a la víctima.

Tras escuchar este veredicto, el fiscal mantuvo su petición de 12 años de cárcel para el acusado y 150.000 euros (casi 200.000 dólares al cambio actual) de indemnización para la familia.

La acusación particular, que solicitaba inicialmente 18 años de prisión por un delito de asesinato, reclamó finalmente 15 años de cárcel y la misma indemnización que la Fiscalía, ya que consideraron que cometió el hecho "a sangre fría" por un motivo "intrascendente".
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Chóferes sindicalistas serán puestos en libertad hoy


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Los dirigentes choferiles Juan Hubieres, Ramón Pérez Figuereo, Antonio Marte y Alfredo Linares Pulido pagaron la fianza que impuesta como medida de coerción y estaban a la espera de que concluyeran los trámites administrativos para su liberación, entre ellos la firma de la orden del libertad por parte del fiscal de la provincia de Santo Domingo, Perfecto Acosta.
Cada uno de los imputados depositó la suma de 73 mil pesos

Abogados y familiares de los sindicalistas esperaban que fueran puestos en libertad en breve.

"Están en la cárcel esperando que concluya el proceso de pago de fianza, que se le notifique a Migración para que les aplique el impedimento de salida del país y entonces el fiscal firme la orden de libertad cuando lo entienda de lugar", declaró Socorro Monegro, esposa de Hubieres.

"Hay un inconveniente y es que se fue el sistema en Impuestos Internos, ahora que todo es digital, y estamos en espera de que se reestablezca para hacer el pago de impuestos No hay ningún problema y el trato que nos ha dado la fiscalía ha sido de cooperación hasta ahora", expresó Ingrid Hidalgo, abogada de Hubieres.

El Ministerio Público anunció que seguirá investigando y cuando considere que hay elementos suficientes, convocará a una vista preliminar.
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Acosta justifica medidas de coerción contra sindicalistas


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Dice
sientan precedente positivo

El fiscal de la provincia Santo Domingo, Perfecto Acosta, justificó las medidas de coerción dictadas esta madrugada contra los dirigentes choferiles Juan Hubieres, Antonio Marte, Ramón Pérez Figueres y Alfredo Linares.

El juez de la Jurisdicción Permanente de la Provincia Santo Domingo, Franklin Concepción Acosta, dictó orden de coerción contra los cuatro sindicalistas consistente en el pago de 1 millón de pesos cada uno, impedimento de salida y otras medidas por considerárseles implicados en el lanzamiento de una bomba molotov contra un autobús en el marco del paro en el transporte del lunes de la semana pasada, que provocó varias víctimas.

Acosta sostuvo que los sindicalistas admitieron que habían llamado a paro y que como consecuencia de eso se produjo el lanzamiento de la bomba por parte de desaprensivos, por lo que se justificaba la sentencia en virtud de la ley.

"¿Quiénes deben responder por ello entonces? Está la legislación, está el Código Penal en su artículo 313, que establece cuáles penas se aplican a quienes hacen reuniones sediciosas con fines de rebelión y pillaje. No está tan bien definido en el Código Penal, pero sí en el Código Penal Anotado de Artagñán Pérez Méndez. Define hasta lo que son las reuniones sediciosas", explicó en el programa Despierta con CDN.

"Dice que son aquellas reuniones tumultuarias que se hacen en franca oposición a la autoridad pública. Establece también que los instigadores o provocadores, los que inician esas reuniones sediciosas, si de ellas resultare rebelión o pillaje y de esta rebelión resultare homicidio, vías de hecho, entre otras infracciones, a instigadores y promotores se les aplicará la misma pena que a los autores materiales", agregó.

También citó el artículo 435 que dice que para los que lancen un artefacto eléctrico, una molotov o cualquier artefacto explosivo en un vehículo o casa habitada u otro lugar, resultando de ello una muerte, hay pena de 30 años, y en caso de heridas y otros daños de 5 a 20 años.

El funcionario indicó, igualmente, que una prueba importante es que dos de los acusados de ser autores materiales del hecho supuestamente pertenecen a la Federación Nacional de Transporte Nueva Opción (Fenatrano) y estuvieron en una reunión de los sindicatos el lunes pasado.

Acosta consideró que la sentencia se justifica por todo eso y que la incomprensión y sorpresa de la gente se deben a que en el país no hay tradición de poner en marcha la acción pública y condenar por personas que mueren o resultan lesionadas en huelgas y paros, por lo que se ha sentado un precedente positivo.
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